dilluns, 9 de desembre del 2013

 Diciembre de 2013


Sres. Clientes,


Les hacemos llegar este comunicado IMPORTANTE, sobretodo por lo que se refiere a aspectos a tener en cuenta para afrontar el final de año.

Estos aspectos los relacionamos a continuación con una breve descripción de los mismos, en caso de necesitar alguna aclaración rogamos se pongan en contacto con nosotros.

Decisiones a tomar antes de final de año:

- Solicitud de exclusión o inclusión en el sistema de módulos:

1) Los empresarios que estén tributando por el sistema de Módulos que estén obligados a aplicar el 1% de retención en sus facturas y que hayan facturado más de 50.000€ a otras empresas, quedan excluidos del sistema de módulos y pasarían a tributar por Estimación Directa (excepto en la actividad de Transporte que el límite es de 300.000€).
2) Los empresarios que estén por módulos y quieran pasar a Estimación directa de forma voluntaria.
3) Los empresarios que quieran cambiar la tributación por la de Módulos y lleven 3 años por Estimación Directa.


- Solicitud de inclusión en el Sistema de IVA de Caja:
Éste Régimen de IVA implica que no se tiene que pagar el IVA hasta que no se cobre o bien hasta el mes de Diciembre del año siguiente. Del mismo modo no podremos deducir el IVA hasta que no se haya pagado la factura. Este sistema implica que las empresas que se acojan al mismo deberán indicar en las facturas la mención que se aplica el Criterio de Caja, ya que quien reciba la factura, aunque no haya optado por el nuevo Régimen, no podrá descontarse el IVA hasta que no lo pague. Evidentemente contablemente a partir de ahora el libro de Ingresos y Gastos deberá incluir, a parte de la fecha de factura, la fecha y la manera de cobro o pago. No aplicable a los empresarios que tributen por Módulos.




Otros asuntos Muy Importantes:

- SEPA:
A partir del 01-02-2014 entra en funcionamiento el sistema de pagos SEPA obligatorio para todas las transacciones bancarias: transferencias, domiciliaciones,… Las cuentas bancarias que hasta ahora constaban de 20 dígitos, se han modificado por el código IBAN y el BIC. Es importante tenerlo en cuenta por si tiene que adaptar algún sistema informático.



- NEO’s / NOTESS:
            Tanto Hacienda (NEO’s) como Seguridad Social (NOTESS) han aprobado por ley la obligación de recibir las notificaciones por vía telemática (de momento, Hacienda sólo obliga a la Sociedades), siendo cada empresa la que tenga que consultar el buzón que cada organismo ha habilitado para comprobar si hay notificaciones. Es por ello que es imprescindible que cada empresa tenga habilitado dicho buzón y lo consulte con una periodicidad mínima de 10 días, ya que si no, la administración da por notificada la comunicacion. Por parte de la Seguridad Social, y de forma no vinculante para la Gestoria,  recibimos y atendemos algunas notificaciones, pero cada empresa debe comprobar por si misma con la periodicidad indicada si hay alguna comunicación en su buzón. Por un coste adicional ofrecemos el servicio de gestión de dichas notificaciones, para que no las tengan que consultar ustedes mismos. En caso de que les interese no duden en consultarnos. 


- BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO (Modelo 720):
            Desde el año pasado es obligatorio identificar los bienes (inmuebles, dinero, acciones,…) que se tengan en el extranjero. Si los bienes existentes ya se han informado en la declaración del año pasado no hay que repetir la presentación, pero si ha habido variaciones de algún tipo es necesario presentar el impreso entre el mes de Enero y Marzo del 2014. 
  

- PREVENCION DE RIESGOS:
            A nivel de recordatorio, para todas las empresas que tengan al menos 1 trabajador asalariado en Régimen General es obligatorio que cumplan con lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Es por ello que si no lo tienen bien cubierto pueden existir sanciones muy fuertes por parte de la Seguridad Social, incluso teniendo que abonar el “Recargo de Prestaciones”, que supone abonar parte de los gastos que haya incurrido el trabajador accidentado (visitas médicas, operaciones, tiempo de baja, prestación,…).


  
Aprovechamos esta carta para comunicarles que con la finalidad de estar presentes en la Red y hacer uso de las nuevas tecnologías, hemos puesto en marcha un Blog (gestoriajuncosas@blogspot.com.es) en el que se van colgando las noticias más importantes que pueden afectar al desarrollo de su actividad (noticias de ámbito fiscal, laboral, contable,…). Así pues tengan en cuenta que seria necesario que lo consultaran periódicamente para estar informados de las novedades, y en caso de que necesitaran ampliar cualquier información nos llamen. También pueden seguirnos en Facebook, donde colgaremos los mismos contenidos.

También decirles que cualquier información será enviada por correo electrónico, es por ello que si llevan a cabo algún cambio en su cuenta de correo rogamos nos lo comuniquen. En caso de no disponer de correo, rogamos nos lo comuniquen también para remitirle correo postal.

Atentamente,

                                   Gestoría Juncosas.



Cap comentari:

Publica un comentari a l'entrada