dimarts, 12 de novembre del 2013

Régimen Especial
Criterio de Caja
 

Por fin puedes aliviar tu tesorería demorando el pago del IVA de las facturas no cobradas. Si tu empresa tiene una cifra inferior a 2 millones de euros, podrás pagar el IVA de las facturas emitidas en el momento de su cobro. Para acogerte al nuevo régimen, debes notificar el cambio antes de Diciembre del presente año. 

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